Leyes

Aquí se encuentran recopiladas las leyes colombianas que se han producido respecto al tema de la propiedad horizontal.

 

DocumentosFecha publicación

Ordenado por : Nombre | Fecha | Hits [ Ascendiente ]

Ley que regula los contratos de estabilidad jurídica para los inversioncitas en Colombia. Legislación que aplica tanto para inversionistas nacionales como extranjeros, permite el establecimiento de contratos cuya interpretación y dirección puede decidir el marco jurídico mas viable para la aplicación de proyectos de inversión; una vez se cumplan los requisitos y se cumplan a cabalidad las restricción es señalas por esta norma.

Norma rectora de las veedurías ciudadanas. Se determina la constitución de las veedurías como organización ciudadana, además se asignan sus valores y funciones como la vigilancia de entidades territoriales, los organismos de plantación, la gestión del estado, la contratación pública y la ejecución de proyectos.

Junto con el conocimiento de los proyectos gubernamentales y la vigilancia de estos recursos; la veeduría adquiere las obligaciones de informar a la ciudadania y a los organismos estatales correspondientes el desarrollo de los proyectos, igualmente de avisar a los organismos competentes sobre cualquier irregularidad. Como apuntes finales; los lineamientos que pese a su autonomía deben ejercer esta institución y las medidas de apoyo adoptadas por el estado son solo algunas de las previsiones que toma el legislador para que este ente ciudadano, democrático y participativo  pueda ejercer su función de control.

Régimen de arriendo de vivienda urbana. Le legislador de fine los parámetros a seguir para la elaboración de contratos de arrendamiento así como su clasificación. La ley asigna los derechos y obligación tanto del arrendatario como del arrendador, coordinando el papel de cada uno en la relación contractual y las herramientas que ayuden a continuarla en caso de que no se pueda efectuar bajo las condiciones acordadas, como es el caso de las consignaciones extrajuicio.

La ley además, regula los aspectos concernientes al subarriendo y a la sesión del contrato. Por ultimo pero no menos importante, esta norma indica los procesos a seguir para la terminación del contrato, las sanciones correspondientes por incumplimiento y  los entes gubernamentales a cargo de la vigilancia de esta actividad. Como apunte final, el cambio constitucional termina situando en la ley las ideas de la función social de la propiedad, el papel solidario de la relación y el fomento a la inversión.

La presente ley se aplica a los contratos que se suscriban con posterioridad a su entrada en vigencia,  y deroga la Ley 56 de 1985, el artículo 2035 del Código Civil, el artículo 3o del Decreto 2923 de 1977, el artículo 4 del Decreto 2813 de 1978, el artículo 23 del Decreto 1919 de 1986, los artículos 2o, 5o y 8o a 12 del Decreto 1816 de 1990.

Modificación a la ley 338 de 1997 donde se establecen sanciones para proyectos urbanísticos y se establecen las funciones de curadores públicos. En esta modificación, se traerán las sanciones correspondientes a proyectos urbanísticos que se desarrollen en terrenos públicos, que hagan uso indebido de los suelos de uso específico o cuyas especificaciones sobre el suelo no sigan los planes de ordenamiento territorial.

Añadido a esto se establecen las funciones del curador urbano, en cuanto a la expedición de licencias de urbanización, construcción, demolición, parcelación; incluyendo los requisitos para ejercer el cargo y su relación con los entes territoriales.

Una reforma aplicada a gran cantidad de disposiciones del código de procedimiento Civil. Elementos referentes a la administración de justicia, y en su gran mayoría modificaciones a los procesos en litigios como la practica de las pruebas, interrogatorios y la ejecución de sentencias son solo algunas de las modificaciones en la materia que entra a tratar el legislador.

«InicioPrev123PróximoFin»
Página 1 de 3