Error
  • XML Parsing Error at 1:424. Error 81: Invalid encoding

Acceso Usuarios



Banner
Leyes

Aquí se encuentran recopiladas las leyes colombianas que se han producido respecto al tema de la propiedad horizontal.

 

DocumentosFecha publicación

Ordenado por : Nombre | Fecha | Hits [ Descendiente ]

Ley emitida por el Congreso de Colombia. Esta ley trata sobre el régimen de la propiedad de pisos y departamentos de un mismo edificio.Esta ley fué reglamentada por el decreto 1335 de Mayo 08 de 1959, el cual a su vez fué adicionado por el decreto 144 de Febrero 6 de 1968.

Primer marco normativo sobre propiedad horizontal en Colombia donde es establecen las primeras condiciones de reconocimiento y administración de edificios de propiedad horizontal

Esta ley fué modificada por la ley 16 de Enero 8 de 1985 emitida por el Congreso de Colombia.

Las Leyes 182 de 1948 y 16 de 1985 fueron reglamentadas por el decreto 1365 de  Abril 28 de 1986.

Nota: Esta Ley fué derogada por el artículo 87 de la Ley 675 de 2001

file icon Ley 16 - Enero 8 de 1985popular!Tooltip 08.01.1985 Hits: 10440

Ley emanada del Congreso de Colombia, por la cual se modifica la Ley 182 de 1948 sobre propiedad horizontal. Esta Ley fue reglamentada por el decreto 1365 de  Abril 28 de 1986.

Ley por medio de la cual se dictan disposiciones que se adicionan a la ley 182 de 1948, donde se señalan entre otras las obligaciones del régimen de propiedad horizontal como son la personería jurídica y los órganos de gobierno, por ultimo, comienza a establecer la diferenciación entre los bienes particulares y públicos dentro del conjunto


Nota: Esta Ley fue derogada por el artículo 87 de la Ley 675 de 2001.

 

 

 

 

 

A nivel nacional, regional, distrital y municipal, esta ley se convierte en el marco para la configuración de los planes de redesarrollo impulsado por las ramas de gobierno ejecutivo en sus distintos niveles. La ley define las estructuras y los procesos que se deben seguir para la elaboración de los planes de desarrollo, así como son sus etapas de discusión, ejecución y evaluación.

Las funciones que quedan en manos del los entes territoriales, así como el apoyos técnicos aportados por el departamento nacional de planeación y los consejos nacionales de políticas económica y  social, son definidos por el presente marco normativo.

Modificada por la Ley 290 de 1996, "Por la cual se <sic> modifica el parágrafo 1o. del artículo 51 de la Ley 152 de 1994." publicada en el Diario Oficial No. del 42.830 del 12 de julio de 1996.

file icon Ley 675 - Agosto 3 de 2001popular!Tooltip 03.08.2001 Hits: 10894

Ley del Senado de Colombia, con la cual se expide el régimen de propiedad horizontal y deroga las Leyes 182 de 1948, 16 de 1985 y 428 de 1998, así como los decretos que se hayan expedido para reglamentarlas.

 

Entre los nuevos elementos que trae esta ley se encuentran la inclusión de ideas como la función social de la propiedad, así como el de la convivencia y la dignidad humana que deben tener estos espacios.  Se introducen los módulos de contribución y el coeficiente de copropiedad, donde se establece la participación porcentual de los copropietarios, que permite establecer parámetros de diferenciación cuando existe residencia de distinta naturaleza dentro del conjunto residencial

Además de especificaciones del reconocimiento y extinción del régimen de propiedad horizontal, se establecen las obligaciones y distinciones en dirección de los bienes tanto particulares como comunes, elemento que espera poner  fin a varias controversias además de ofrecer un marco contributivo para las expensas comunes. Por ultimo se destaca en la ley la participación comunitaria y solidaria, ahora con  facultades otorgadas a las asambleas de copropietarios y a las juntas administrativas.

El decreto 1380 de Julio 5 de 2002 prorrogó el término establecido en el artículo 86 de esta Ley.

El decreto 1060 de Marzo 31 de 2009  reglamenta los artículos 3, 19, y 32 de la ley 675 de 2001.

 

Ley organica de las organizaciones de acción comunal en Colombia. Fundada bajo las directrices del derecho de asociación, la identidad cultural y la vía progresiva hacia la democracia participativa;  esta norma delimita los distintos niveles de asociación en los que se despliega esta forma de asociación, además de su constitución, el reconocimiento de sus estatutos y principios.

En esta ley de reconocen los derechos y deberes de los afiliados, los órganos directivos, como son asamblea y juntas; y administrativos, como son los dignatarios y las comisiones de conciliación y  de trabajos. Además de un desarrollo en sus facultades, el reconocimiento de las organizaciones de acción comunal permite el reconocimiento de un régimen fiscal y de apoyo técnico por parte del estado.

«InicioPrev123PróximoFin»
Página 1 de 3